El Ministerio de Cultura ha publicado una convocatoria de ayudas para la edición de libros. El objetivo de esta ayuda es “garantizar la edición de aquellos libros que, a pesar de tener una relevancia cultural sobresaliente, y de constituirse en expresión del pensamiento y la sensibilidad de la sociedad, tienen un alcance comercial reducido”. Según Cultura, “la crisis unida al cambio de paradigma que ha supuesto la aparición de las nuevas tecnologías, constituyen un importante desafío para muchas editoriales, de ahí que, en atención al mandato constitucional, sea más necesario que nunca un estímulo público que por otra parte redunda en beneficio no solo del público lector sino del conjunto de la sociedad”.
Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más de un 50% del coste total de la publicación del proyecto (suma de los costes de edición o producción, más la distribución y comercialización del libro). El 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.
- Son subvencinoables las siguientes obras:
- Obras de referencia y consulta (enciclopedias, diccionarios, bibliografías, etc.).
- Obras de pensamiento en disciplinas humanísticas o científicas.
- Obras literarias de los distintos géneros (ensayo, poesía, narrativa, dramaturgia…)
- Obras ilustradas y cómics.
- Obras para el público infantil y juvenil.
- También puedn ser subvencionables obras cuyo depósito legal haya sido expedido en el año actual.
- Para concurrir a esta convocatoria hay que tener planificada una tirada mínima de 700 ejemplares y una tirada máxima de 3.590) para libros en papel y formato simultáneo. Además, la edición ha de corresponder a una obra inédita, descatalogada o aquella cuya última edición date de más de 15 años de antigüedad, así como a una obra editada recientemente, una novedad (estudio crítico, nueva traducción, por ejemplo) que “tenga especial relevancia cultural”.
- El plazo de solicitud termina el 15 de enero de 2023.
- La comisión de valoración estará integrada por las siguientes personas:
- Presidencia: La persona titular de la Dirección General del Libro y del Fomento de la Lectura, quien podrá delegar en el titular de la Vicepresidencia de la Comisión.
- Vicepresidencia: La persona titular de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas y, en su ausencia, la persona titular de la Subdirección Adjunta o de una de las Jefaturas de Área de la Subdirección General citada.
- Secretaría: Un/a funcionario/a de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas, con voz, pero sin voto.
- Vocales:
- Un/a representante de la Federación de Gremios de Editores de España.
- Un/a representante de la Unión de Correctores (UniCo)
- Una persona experta a propuesta de la Asociación Colegial de Escritores de España- Sección Traductores.
- Hasta cinco expertos, designados por la persona titular de la Dirección General del Libro y del Fomento de la Lectura, relacionados con las materias contempladas en el apartado 5 punto 2.c).
- Un/a funcionario/a del Ministerio de Cultura y Deporte, nombrado asimismo por la persona titular de la Dirección General del Libro y del Fomento de la Lectura.
- Hasta tres representantes de las Comunidades Autónomas, expertos en las materias especificadas en el apartado 5.2.c, según los criterios aprobados por la Conferencia Sectorial de Cultura.