El Ministerio de Defensa ha rechazado un recurso de alzada presentado por iniciativa del historiador Francisco Espinosa Maestre en el que se pedía la desclasificación de los “10.000 documentos” que la anterior ministra de dicho departamente, Carme Chacón, dejó sin liberar y que su sucesor, el actual titular, Morenés, decidió que siguieran fuera del alcance de los investigadores. Buena parte de estos documentos son relativos al período 1936-1953, es decir, “documentación que, según la ley, debería poderse consultar sin problemas”. Según Espinosa, “después de seguir los pasos que la legislación permite, enviando al Ministerio de Defensa primero una solicitud de información y posteriormente planteando un recurso de alzada, no hemos conseguido nada. La respuesta que han dado al recurso, ilegible para un profano, carece de sentido alguno”. La “traducción” de los escritos de defensa para el resumen se debe a Eva Moraga, la abogada que asesoró a los promotores del recurso.
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LOS “10.000 DOCUMENTOS”. ANTECEDENTES. RECURSO DE ALZADA
– A fines de 2011, poco antes de concluir la legislatura, la ministra de Defensa, Carme Chacón, elevó propuesta de acuerdo al Consejo de Ministros para la desclasificación de 10.000 documentos declarados secretos por distintos departamentos militares, propuesta basada en un informe elaborado por el propio Ministerio de Defensa. Los documentos, agrupados en 42 apartados, aludían a hechos relacionados con la guerra civil y la dictadura y se aclaraba que la propuesta de desclasificarlos se debía a que ya no representaban “riesgo alguno para la seguridad del Estado”. Sin embargo, por razones que se ignoran, la propuesta de la ministra quedó sin aprobar y el asunto pasó al nuevo gobierno entrante del PP.
– Mayo de 2012: diversos medios informan de que el Ministro de Defensa, Pedro Morenés, había decidido rechazar la desclasificación de 10.000 documentos declarados secretos por distintos departamentos militares españoles entre 1936 y 1968, ya que entendía que no era “una prioridad” y requería un “extraordinario trabajo”.
– Dada la relevancia que la desclasificación de dichos documentos podía suponer para la investigación de la Guerra Civil así como de los primeros años de la Dictadura, y no suponiendo los mismos ningún peligro para el Estado, como así aseguraba el propio informe del Ministerio de Defensa, tres investigadores, apoyados por un listado de un gran grupo de historiadores e investigadores de nuestro país, decidieron presentar solicitud de información al Ministerio el 30 de junio de 2012.
– Por ella se pedía copia del informe elaborado a propuesta de Carme Chacón así como de la resolución adoptada por el actual ministro para paralizar el trámite de cancelación, que se les informara de las razones que habían motivado dicha paralización y que se les permitiera el acceso a los documentos relacionados en dicho informe entre 1936 y 1962 ya que tenían una antigüedad superior a los 50 años y no suponían riesgo alguno para la seguridad del Estado.
– El Ministerio no respondió en el plazo de tres meses que tenía para contestar ni tampoco a la solicitud de certificación de estimación por silencio administrativo que se presentó el 7 de diciembre de 2012. El 14 de diciembre y ya fuera de cualquier plazo el Ministerio de Defensa contestó señalando que la materia sobre la que versaba la solicitud quedaba excluida en su totalidad del ámbito del derecho de acceso de los ciudadanos a los archivos, sin motivar las razones de esta exclusión, y tan solo haciendo referencia a que toda la materia estaba regida por la Ley de Secretos Oficiales y que la clasificación debe permanecer vigente de forma indefinida hasta que la autoridad competente acuerde su cancelación, sin que se pueda entender aplicable el plazo de los 50 años que establece la Ley de Patrimonio Histórico Español.
– El Ministerio de Defensa hizo caso omiso de la solicitud de copia sobre el informe elaborado por el propio Ministerio a propuesta de Carmen Chacón así como de la copia de la resolución del Ministro Morenés para paralizar la clasificación, cuando, sin embargo, no constaba que el informe y la resolución estuvieran clasificados. Simplemente se despachó diciendo que “ni en la pasada ni en la presente legislatura se ha elevado y, por tanto, se ha tratado en Consejo de Ministros propuesta alguna de desclasificación de los documentos a los que se refiere en su escrito”.
– Por ello, a últimos de diciembre de 2012 se presentó recurso de alzada en el que se ponía de manifiesto que ninguno de los documentos de los que se pedía copia eran clasificados y, por lo tanto, no se les podía aplicar la legislación de secretos oficiales y debía darse acceso a los mismos; que dado que el Ministerio de Defensa no había contestado en el plazo oportuno debía entenderse la solicitud había sido desestimada y no podían oponerse ahora a entregar la documentación, habiendo el Ministerio infringido varias obligaciones legales que la Administración debe respetar; y que la resolución no estaba conveniente motivada ni reunía los requisitos esenciales de toda resolución al igual que la notificación que era también defectuosa.
– Frente al recurso de alzada el Ministerio de Defensa dictó resolución de fecha 5 de febrero de 2013 en la que señala expresamente que el informe y la resolución de los que se pedía copia no existían y que todos los documentos del informe para su desclasificación eran inaccesibles por tratarse de materia clasificada.
– Ante los costes que supone la interposición de un recurso contencioso-administrativo y los antecedentes existentes sobre condena en costas de cuantía muy importante en asuntos iniciados por una solicitud de acceso a información pública, los solicitantes decidieron no continuar con el procedimiento judicial, a pesar de la gravedad de la actuación del Ministerio de Defensa.